Skip navigation
Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/7421

Título: Resolución CSDEyVE Nº 11/2021. Modificar al Artículo 2° de la Resolución CSDEyVE N° 57/2019. Diplomaturas.
Autor(es): Consejo Superior de Docencia, Extensión y Vida Estudiantil (D)
Fecha de publicación: 6-jul-2021
Descripción: Resolución CSDEyVE Nº 11/2021. Modificar al Artículo 2° de la Resolución CSDEyVE N° 57/2019. en lo que respecta a la carga horaria de las denominadas diplomaturas superiores, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: ..."Artículo 2°.- Las Diplomaturas se clasificarán de acuerdo a la siguiente tipificación: Diplomatura Superior: constituyen cursos sistematizados que mediante un plan de estudios se orientan a la capacitación, actualización y/o perfeccionamiento académico en un área disciplinar o en una temática o problemática determinada. Las Diplomaturas Superiores tendrán una carga horaria de al menos 160 horas y podrán articularse con la realización de actividades de posgrados enmarcadas en las definidas por el Reglamento de Cursos y Programas de Posgrado de la Universidad Nacional de Río Negro. Diplomatura Académica: certificación intermedia en carreras de grado. Se extiende un certificado con la leyenda "Diplomado/a en.." o "Asistente en...", Estarán sujetas a aprobación en el plan de estudios de la carrera en el marco de la cual se dicte. Diplomatura Universitaria Orientada: se dirige a personas con discapacidad que requieran adecuaciones significativas en los contenidos mínimos de algunas o la totalidad de las asignaturas. Se extiende un certificado con la leyenda "Diplomado/a Universitario/a Orientado/a a..." con indicación de la mención área de conocimientos que corresponda. Estarán sujetas a la reglamentación correspondiente. Diplomatura de Extensión Universitaria: son aquellos cursos extracurriculares que brindan una posibilidad de capacitación y aprendizaje, no sólo a los integrantes de la comunidad universitaria sino también a la sociedad en su conjunto. Podrán estar compuestas por uno o más cursos, módulos o trayectos sistematizados destinados a la capacitación, actualización y/o perfeccionamiento en un área temática determinada y deberán tener una carga horaria mínima de sesenta y cuatro (64) horas reloj.
URI: http://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/7421
Código: D 2021 - 11 R
Sustituye a: al Artículo 2° de la Resolución CSDEyVE N° 57/2019
Aparece en las colecciones: Resoluciones CSDEyVE

Archivos en este ítem:
Archivo Tamaño Formato  
D 2021 - 11 R.pdf672,56 kBAdobe PDFVisualizar/Abrir

Este documento es resultado del financiamiento otorgado por el Estado Nacional, por lo tanto queda sujeto al cumplimiento de la Ley N° 26.899