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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/11609

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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorHeim, Daniela-
dc.contributor.authorGaggiotti Zara, Genaro Valentino-
dc.date.accessioned2024-05-28T14:17:59Z-
dc.date.available2024-05-28T14:17:59Z-
dc.date.issued2024-
dc.identifier.citationGaggiotti Zara, Genaro Valentino (2024). Recupero de activos por medio del decomiso. Trabajo final de grado. Universidad Nacional de Río Negro.es_ES
dc.identifier.urihttp://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/11609-
dc.description.abstract-es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/-
dc.titleRecupero de activos por medio del decomisoes_ES
dc.typeTrabajo finales_ES
dc.rights.licenseCreative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0)-
dc.description.filiationUniversidad Nacional de Río Negroes_ES
dc.subject.keywordRecupero de activoses_ES
dc.subject.keywordDecomisoes_ES
dc.subject.keywordLavado de activoses_ES
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/acceptedVersiones_ES
dc.subject.materiaDerechoes_ES
dc.origin.lugarDesarrolloUniversidad Nacional de Río Negroes_ES
dc.description.resumenEl recupero de activos es una herramienta que tiene el Estado para quitarle, de manera definitiva, a las personas aquellos bienes que han obtenido mediante la realización de actividades ilícitas. El Estado no puede arrebatar los bienes a las personas sin pasar por el tamiz de la justicia puesto que, estaría en riesgo el derecho de propiedad y, cuando están en boga derechos y garantías constitucionales, es menester que el Poder Judicial se pronuncie debido a que, es el encargado de realizar el control de constitucionalidad. En ese orden de ideas, es de público conocimiento el tiempo que lleva desde que inicia un proceso penal hasta que finaliza por medio de una sentencia, puesto que, esa demora podría incentivar a los sujetos procesados a “esconder, trasladar u ocultar” sus bienes para evitar que una sentencia firme se los arrebate. Aquí es cuando entra en escena el decomiso “sin condena” estipulado en el artículo 305º del Código Penal, siempre y cuando previamente se haya demostrado el origen ilegal de los bienes y la imposibilidad de juzgar al imputado, a los efectos de quitarle el beneficio obtenido a los sujetos que han quebrantado la ley.es_ES
dc.type.subtypeTrabajo final de gradoes_ES
Aparece en las colecciones: Abogacía

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