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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/12036

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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorIuale, Corina Andrea-
dc.contributor.authorAjhuacho Choque, Rubén Alfredo-
dc.date.accessioned2024-10-09T12:15:17Z-
dc.date.available2024-10-09T12:15:17Z-
dc.date.issued2024-
dc.identifier.citationAjhuacho Choque, Rubén Alfredo (2024). Los animales y el medio ambiente. Análisis respecto de la posibilidad de garantizar la protección de los animales en situación de calle a partir de los deberes constitucionales de las autoridades en relación al medio ambiente. Trabajo final de grado. Universidad Nacional de Río Negro.es_ES
dc.identifier.urihttp://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/12036-
dc.description.abstract-es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/-
dc.titleLos animales y el medio ambiente. Análisis respecto de la posibilidad de garantizar la protección de los animales en situación de calle a partir de los deberes constitucionales de las autoridades en relación al medio ambientees_ES
dc.typeTrabajo finales_ES
dc.rights.licenseCreative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0)-
dc.description.filiationUniversidad Nacional de Río Negroes_ES
dc.subject.keywordAnimaleses_ES
dc.subject.keywordMedio ambientees_ES
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/acceptedVersiones_ES
dc.subject.materiaDerechoes_ES
dc.origin.lugarDesarrolloUniversidad Nacional de Río Negroes_ES
dc.description.resumenEn los últimos años la sensibilidad social respecto de los animales ha despertado un interés por su integridad en los ámbitos donde habitan o pueden habitar. En efecto, por ejemplo, podemos apreciar la constitución y expansión de grupos proteccionistas, actividades colectivas para generar normativas de protección, como hospitales públicos o el incremento de la escala punitiva para casos de maltrato, el fomento de la adopción, etc. En este escenario, se generó un interrogante en cuanto a cuáles son las posibilidades de que el Estado pueda dar respuesta a la situación de los animales que se pueden ver en las calles de la ciudad, en este sentido, resultan insuficientes las políticas de castración, desparasitación y vacunación que hoy se lleva adelante el Estado. A los efectos de la presente referencia al Estado, se aborda el mismo en sentido material, o sea, una organización jurídica y política que puede ser enrolada por el Estado nacional, provincial o municipal. Si pudiera haber una perspectiva desde el animal mismo, es posible afirmar que en lo jurídico, se está avanzando (aunque no, en lo normativo) hacia una postura que sostiene que los animales merecen reconocimiento jurídico, diferenciándose de aquel que lo ubica como un objeto. En este sentido, podemos escuchar las voces que reclaman que sean considerados como personas o como sujetos de derecho. La jurisprudencia ha marcado un camino a través de una interpretación dinámica de nuestro ordenamiento jurídico, reconociendo la calidad de sujetos de derecho a animales que padecían un cercenamiento a su libertad. A pesar de la orfandad normativa, la jurisprudencia fue abriendo camino en el sentido indicado, así se han resuelto los casos emblemáticos de Sandra, Tito y Cecilia. Aprovechando este nuevo contexto, se puede pensar en los animales de una manera diferente planteando alternativas jurídicas en pos de un cambio en su estatus. Pero el cambio de estatus no queda allí, sino que se requiere de la existencia de herramientas para garantizar su protección jurídica en base a esta nueva perspectiva. En cuanto al rol del Estado citado en el párrafo preanterior, un potencial camino para lograr la garantía indicada, sería apelando a la idea de medio ambiente, dado que dicha materia plantea un deber de las autoridades estatales de actuar coherentemente con el objeto de protección: los animales en situación de calle. Por ello, corresponde analizar si desde el Estado surge un deber de proteger a los animales en situación de calle, teniendo en cuenta los deberes constitucionales en materia de medio ambiente. Lo expresado en consideración que nuestra Ley Fundamental manda a proveer a la preservación de la diversidad biológica, entre otros aspectos referidos a la temática ambiental. De esta manera, se propone una alternativa de análisis que no queda anclado en el mero reconocimiento jurídico de los animales como sujetos de derecho. Para alcanzar la mentada finalidad, el primer capítulo estará dedicado a definir aquellos conceptos necesarios para comprender cómo el animal se vincula con el medio ambiente, y los paradigmas en virtud de los cuales, la consideración de medio ambiente y sus componentes puede variar en relación a su protección. El segundo capítulo se refiere a las normas jurídicas que regulan el medio ambiente y a los deberes constitucionales en cuanto al mismo, que surgen de dicha normativa y considerando sus alcances. El tercer capítulo tiene por objeto describir la relación de los animales en situación de calle con el medio ambiente, teniendo en cuenta la biodiversidad o diversidad biológica (término utilizado indistintamente), respecto de la cual las autoridades tienen el deber constitucional de proveer a su preservación. El capítulo cuarto está reservado a entender cómo se legisla la protección de los animales en general en nuestro ordenamiento jurídico. Finalmente, el capítulo quinto apunta a la jurisprudencia mediante las cuales se resolvieron casos en los que estaban involucrados animales, prestando especial atención a los argumentos que se han dado en cuanto a la relación de los animales con el medio ambiente y el deber de la protección animal basada en esa relación.es_ES
dc.type.subtypeTrabajo final de gradoes_ES
Aparece en las colecciones: Abogacía

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