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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/12173

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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorUniversidad Nacional de Río Negro (U)es_ES
dc.date.accessioned2024-11-05T14:35:25Z-
dc.date.available2024-11-05T14:35:25Z-
dc.date.issued2024-10-29-
dc.identifierP 2024 - 40 Res_ES
dc.identifier.urihttp://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/12173-
dc.descriptionResolución CSPyGE Nº 40/2024. Establecer que el monto de la retribución de los/las instructores/as se realice de acuerdo a las previsiones correspondientes a la remuneración de las actividades de educación continua. El precitado monto es aprobado por el Rector, previo aval del Consejo Asesor del INEP. Establecer que en el caso de actividades formativas dictadas por instructores/as que no tengan vínculo laboral formal con la UNRN y cuya duración sea igual o mayor a QUINCE (15) horas formativas, se deberá firmar con el/la instructor/a un contrato de obra. El/La instructor/a deberá emitir una factura de curso legal para el cobro de sus servicios. En el caso de propuestas formativas con una carga horaria inferior a QUINCE (15) horas, se exime a los/las instructores/as de la firma del contrato de obra, debiendo estos/as únicamente emitir una factura de curso legal para el cobro de sus servicios. Establecer que los/as instructores que sean docentes o nodocentes de la UNRN percibirán la retribución por la actividad formativa realizada como un adicional no remunerativo y no bonificable.es_ES
dc.titleResolución CSPyGE Nº 40/2024. Establecer el monto de la retribución de los/las instructores/as.es_ES
dc.typeResoluciónes_ES
dc.subject.keywordResolución CSPyGE Nº 40/2024es_ES
dc.subject.keyword40/2024es_ES
dc.subject.keywordInstructores/ases_ES
dc.subject.keywordINEPes_ES
dc.identifier.expediente1801/2023es_ES
dc.description.firmaDigitaltruees_ES
Aparece en las colecciones: Resoluciones CSPyGE

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