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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/12828

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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorConsejo de Docencia, Extensión y Vida Estudiantil de Sede Atlántica (AD)es_ES
dc.date.accessioned2025-04-25T12:26:49Z-
dc.date.available2025-04-25T12:26:49Z-
dc.date.issued2024-09-23-
dc.identifierAD 2024 - 08 Res_ES
dc.identifier.urihttp://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/12828-
dc.descriptionResolución CDEyVE Sede Atlántica Nº 07/2024. Rectificar parcialmente el Artículo 3° incisos A, C y D - de la Resolución CDEyVE ATL Nº 03/20224 Reglamento de Trabajo Final de Carrera: A. Trabajos profesionales: consisten en la producción de conocimientos, a partir de la intervención del/la estudiante en el campo profesional. El informe debe dar cuenta de la sistematización de una experiencia de intervención pre-profesional o profesional, incluyendo al menos los siguientes elementos: a) planteo del problema/tema; b) encuadre teórico del problema, antecedentes y estado de conocimiento teórico desarrollado; c) metodología de análisis e intervención seleccionada; d) descripción y análisis de las intervenciones realizadas; e) conclusiones; f) bibliografía citada y referencias bibliográficas. Esta modalidad se puede desarrollar en organismos públicos o privados. Modificaciones: “A. Trabajos profesionales: consisten en la producción de conocimientos, a partir de la intervención del/la estudiante en el campo profesional. El informe debe dar cuenta de la sistematización de una experiencia de intervención pre-profesional o profesional, incluyendo al menos los siguientes elementos: a) planteo del problema/tema; b) encuadre teórico del problema, antecedentes y estado de conocimiento teórico desarrollado; c) metodología de análisis e intervención seleccionada; d) descripción y análisis de las intervenciones realizadas; e) conclusiones; f) bibliografía citada y referencias bibliográficas. Esta modalidad se puede desarrollar dentro de organismos públicos o establecimientos o empresas privadas.” C. Trabajos de producción: consiste en la creación de un proceso, producto, método o un prototipo que permita la aplicación de distintos saberes, prácticas y tecnologías disponibles en cada disciplina. Se debe presentar un informe que fundamente el trabajo de producción realizado. Este informe contendrá al menos los siguientes elementos: a) planteo del problema/ tema/ idea que lo origina; b) fundamentación con encuadre teórico, antecedentes; c) técnicas y recursos utilizados; d) análisis y conclusiones; e) referencias bibliográficas. Esta opción implicará que el trabajo se presente en formato de resumen extendido en una reunión científica pertinente debiendo figurar en el libro de Resúmenes de la reunión científica, que el trabajo sea evaluado por pares y que el/la autor/a del mismo sea quien haya llevado a cabo toda la investigación. Finalmente, deberá ser único/ a autor/a del mismo o figurando con el/la director/a y/o co director/a entre los/as autores/as. Esto significará: que el trabajo se presente indefectiblemente en formato de resumen extendido en una reunión científica. Para realizar el TFC bajo esta modalidad se requerirá que la ponencia presentada en un Congreso o Jornada cuente en su realización con la supervisión de un/a docente de la UNRN que avale la relevancia del tema, el enfoque y la metodología utilizada. Modificación: C. Trabajos de producción: consiste en la creación de un proceso, producto, método o un prototipo que permita la aplicación de distintos saberes, prácticas y tecnologías disponibles en cada disciplina. Se debe presentar un informe que fundamente el trabajo de producción realizado. Este informe contendrá al menos los siguientes elementos: a) planteo del problema/ tema/ idea que lo origina; b) fundamentación con encuadre teórico, antecedentes; c) técnicas y recursos utilizados; d) análisis y conclusiones; e) referencias bibliográficas. D. Participación en proyectos de investigación acreditados: consiste en acreditar 160 horas de prácticas afines a la disciplina, supervisadas en proyectos de investigación acreditados y la presentación de un informe. El informe contendrá a) la exposición resumida de la tarea desarrollada en la práctica de investigación; b) objetivos alcanzados; d) aportes al campo de conocimiento; e) métodos y técnicas empleados; f) resultados obtenidos; g) bibliografía consultada; g) publicaciones con rol protagónico del/la estudiante (trabajos publicados, presentaciones a congresos, etc.), figurando con el/a director/a y/o co director/a entre los/as autores/as; h) asistencia a reuniones científicas, talleres, etc. Modificación: Participación en proyectos de investigación acreditados: consiste en acreditar 160 horas de prácticas afines a la disciplina, supervisadas en proyectos de investigación acreditados y la presentación de un informe. El informe contendrá a) la exposición resumida de la tarea desarrollada en la práctica de investigación; b) objetivos alcanzados; d) aportes al campo de conocimiento; e) métodos y técnicas empleados; f) resultados obtenidos; g) bibliografía consultada; h) publicaciones con rol protagónico del/la estudiante (trabajos publicados, presentaciones a congresos, etc.), figurando con el/a director/a y/o co director/a entre los/as autores/ as; i) asistencia a reuniones científicas, talleres, etc. Esta opción implicará que el trabajo se presente en formato de resumen extendido en una reunión científica. Para realizar el TFC bajo esta modalidad se requerirá que la ponencia presentada en un Congreso o Jornada cuente en su realización con la supervisión de un/a docente de la UNRN que avale la relevancia del tema, el enfoque y la metodología utilizada.es_ES
dc.titleResolución CDEyVE Sede Atlántica Nº 07/2024. Rectificar parcialmente el Artículo 3° incisos A, C y D - de la Resolución CDEyVE ATL Nº 03/20224 Reglamento de Trabajo Final de Carreraes_ES
dc.typeResoluciónes_ES
dc.subject.keywordResolución CDEyVE Sede Atlántica Nº 07/2024es_ES
dc.subject.keyword07/2024es_ES
dc.subject.keywordResolución CDEyVE ATL Nº 03/2024es_ES
dc.subject.keywordReglamento de Trabajo Final de Carreraes_ES
dc.identifier.expediente980/2024es_ES
dc.relation.sustituyeparcialmente el Artículo 3° incisos A, C y D - de la Resolución CDEyVE ATL Nº 03/2024 Reglamento de Trabajo Final de Carreraes_ES
dc.description.firmaDigitaltruees_ES
Aparece en las colecciones: Resoluciones CDEyVE (ATL)

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