Skip navigation
Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/3143

Título: Medios de Comunicación y Comportamiento Político: la presión de los medios como herramienta de control indirecto en funcionarios públicos. Accountability mediática
Autor(es): Andersen, Gregorio
Director: Luchessi, Lila
Fecha de publicación: may-2017
Citación: Andersen, G. (2017). Medios de Comunicación y Comportamiento Político: la presión de los medios como herramienta de control indirecto en funcionarios públicos. Accountability mediática. Tesis de grado. Universidad Nacional de Río Negro.
Resumen: El tema de la corrupción afecta la calidad de las democracias. Uno de los aspectos procedimentales, el articulado de la Ley 25.188 , advierte que la corrupción debe ser detectada y sancionada administrativa y/o judicialmente. Hacerlo implicaría compensar las frustraciones reales que padecen los electores cada vez que se denuncian ilícitos cometidos por funcionarios públicos. García Canclini (2010) sostiene que la estadística indica que todo gobierno envuelto en casos de corrupción hace que menos personas crean en la legitimidad de su sistema político, muestren niveles más bajos de confianza interpersonal y suplan el lugar dejado vacante por la política a través de la creación de otros espacios colectivos de gestión intercultural. Borrat (1989) sostiene que los medios de comunicación aparecen como actores políticos claves para la formación de la opinión pública a partir de que las personas se exponen o atienden a aquella información que se les presenta como más consistente con sus creencias anteriores (De Fleur y Ball-Rokeach, 1989). Estos medios, y a través de ellos la ciudadanía, exigieron que los funcionarios públicos den respuestas a ciertos temas vinculados con la corrupción. Proporcionaron información sobre la política y sus políticos a los ciudadanos -que debían ser informados constitucionalmente sobre las acciones de sus gobernantes- para que evaluaran si sus gobiernos estaban haciendo lo que habían prometido en sus plataformas electorales. Durante los 90s, muchas veces la interpelación de los medios a funcionarios envueltos en hechos ilícitos, o situaciones confusas, derivó en escándalos políticos que obligaron a esos mismos funcionarios a responder con procedimientos legales o con la propia renuncia. Se trató de medios que tuvieron un papel clave como agentes de denuncia y control de las acciones de funcionarios de gobierno, sobre las actuaciones de la oposición o, a nivel más personal, sobre la vida misma de los políticos. La respuesta, en ocasiones, estuvo condicionada por las acusaciones que profería el medio que descubría el ilícito y que, muchas veces, ponía en juego hasta el tipo de sistema político vigente. Para comprender la correspondencia entre acciones de funcionarios públicos e intereses de los ciudadanos, este trabajo pondrá énfasis en un tipo de mecanismo que intenta regular y reducir la brecha entre gobernantes y gobernados, preservando la distancia entre las autoridades políticas y la ciudadanía que caracteriza la relación de representación (Peruzzotti y Smulovitz, 2002). Se trata de la llamada accountability horizontal o rendición de cuentas, a la que están obligados los funcionarios públicos frente al electorado y la sociedad en general, que se refiere a la operación de un sistema intraestatal de controles. No obstante, O‟Donnell (2007) advierte que en muchos países latinoamericanos este mecanismo no es del todo efectivo o se presenta de manera débil o intermitente. En la región, las democracias tienen ciertos déficits institucionales o debilidades que son propios de las “democracias delegativas” y esto hace que la accountability horizontal no sea del todo eficiente porque las agencias estatales de control no son lo suficientemente autónomas y efectivas. De ahí, entonces, que sea necesaria la presencia de otro tipo de controles que permitan enviar alertas desde la sociedad hacia el Estado: el control de los medios de comunicación que actúan como catalizadores de un proceso de rendición de cuentas que, idealmente, debiera originarse en el Estado mismo a través de la intervención de instituciones creadas para controlar el delito público como parte del sistema de pesos y contrapesos democrático. Se trata, en palabras del autor, de un nuevo control social externo que brinda a los ciudadanos el derecho de reclamar por situaciones dudosas y que, juntamente, a la institución del voto, forma parte de la denominada accountability social vertical. Un nuevo mecanismo de reclamar rendición de cuentas que termina fomentando la antedicha accountability legal y política (horizontal). Sostienen Peruzzotti y Smulovitz (2002) que, durante los 90s, esos controles externos efectuados por los medios de comunicación habían sido postergados de los debates teóricos a pesar del papel crucial que tuvieron al reforzar los controles constitucionales. Aseguran los autores que muchos medios estaban presentes en el seguimiento de una política de Estado o detrás de un funcionario público sospechado de cometer ilícitos. A la función de servicio periodístico -de recoger, procesar y difundir la información- se sumó el ejercicio de una función de vigilancia que los medios realizaron sobre lo que sucedía en la sociedad. Expusieron errores gubernamentales. En palabras de Lasswell (1948), los medios actuaron como centinelas, buscando detectar señales de peligro. Es decir, a la función de vigilancia social y vigilancia doméstica, se les sumó la vigilancia política con fiscalización sobre los poderes públicos y gubernamentales. Fue así, entonces, que las acciones mediáticas se convirtieron en un claro ejemplo de mecanismo de control de la sociedad toda vez que la accountability social requiere de visibilidad y los medios son la herramienta más útil para lograr este objetivo. Se presentaron como mediadores o intermediarios entre la sociedad y su contexto, entre el público y lo que los rodea, entre los ciudadanos y sus instituciones. Proporcionaron canales de interacción y difundieron información, dando voz a los actores de la sociedad, cumpliendo una función fiscalizadora. Los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil utilizaron a los medios para incorporar temas, o “elementos prominentes” en la agenda de los medios, en la agenda pública (Luchessi, 2010: 19) e influyeron en los funcionarios públicos, acelerando decisiones y condenando a presuntos transgresores de la ley. En Viedma, un claro ejemplo de control vertical social (mediático), que terminó activando los controles horizontales de organismos oficiales, fue la denuncia de un grupo de estudiantes terciarios –que se efectivizó a través del diario Noticias de la Costa- sobre matrículas o cobros ilegales que efectuaba una institución de enseñanza superior de orden público y estatal durante los 90s. El Instituto de Formación Docente Continua en Educación Física, en adelante IFDC-EF, a través de maniobras administrativas -que quedaron visiblemente expuestas por denuncias mediáticas- cobraba un canon por inscripción, re-inscripción, permanencia en la institución y por alojamiento en sus residencias estudiantiles. Un cobro que se había naturalizado entre la comunidad educativa del IFDC-EF y que, según las autoridades del establecimiento, era destinado al mantenimiento de las instalaciones y administrado por una cooperadora que resultó inexistente. El tema dejó expuesto los déficits intrínsecos de los órganos de control correspondientes (Poder Legislativo; Bloques Políticos; Poder Ejecutivo; Procuración y Poder Judicial) que no supervisaron la legalidad de los procedimientos administrativos seguidos por funcionarios públicos en establecimientos totalmente financiados por el Estado rionegrino. Más tarde la Justicia convalidó en todos sus términos la investigación periodística, condenó el acto gubernamental ilegal y procesó al titular del IFDC-EF. Ahora bien, la pregunta que motiva este trabajo es: ¿La investigación periodística de Noticias de la Costa, a partir de la denuncia realizada por los damnificados sobre un presunto “ilícito” cometido por las autoridades del IFDC-EF, activó la accountability social vertical mediática? Para responder al interrogante se parte de la hipótesis que este mecanismo de control contribuye significativamente al cumplimiento de la ley, en tanto constituye un incentivo para que los gobiernos lleven adelante acciones que se ajusten al debido proceso y coadyuva a que los actos de gobierno se correspondan con las preferencias de su ciudadanía. Por tanto, representa un importante complemento de las elecciones para el logro de gobiernos políticamente responsables. Se trata de un estudio cualitativo que, en sus estrategias de recogida y registro de datos, utilizará también la técnica de la entrevista, reservándose en el guión la identificación de los involucrados o asignándoles a ellos un debido seudónimo. De la revisión bibliográfica de los 90s y actual, se desprende que no existen trabajos similares de investigación académica sobre casos de accountability en Viedma. Tampoco en la provincia. No se encuentran, en el estado del arte, estudios sobre denuncias de ilícitos realizadas por ciudadanos de la capital de provincia que, ante la ausencia de controles institucionales, optaron por recurrir a los medios de comunicación para hacer visible el reclamo y en busca de respuestas. Denuncias que generaron costos reputacionales y forzaron a las instituciones políticas a brindar soluciones. Entonces, bajo esta perspectiva, en primer término se avanza en hacer mención a la evolución de algunos conceptos políticos, porque a pesar de la progresividad del conocimiento y del pluralismo teórico, algunos de ellos - relacionados con la comunicación y la política- tienen antecedentes ilustres en la historia del pensamiento y formaron parte de los debates epistemológicos del siglo XX. Este recorrido por pensadores clásicos y pensadores modernos ofrecerá esquemas de pensamiento para ordenar lógicamente el análisis que se presenta. En segundo lugar, también es necesario aportar a los estudios sobre accountability social vertical mediática desde la carrera de Comunicación Social de UNRN. Para ello, la revisión de accountability como mecanismo de control (horizontal o vertical) en Viedma nos permitirá poner en juego las variables que arrojan la dimensión de los conceptos para luego describir sus implicaciones al momento de articular Estado rionegrino, medios de comunicación y sociedad viedmense en el marco de la Ley nacional 25.188, mencionada precedentemente, y la Ley 3550 de Ley de Ética e Idoneidad de la Función Pública sancionada y publicada en 2008 por la Legislatura de Río Negro. En tercer lugar, una vez abordada la influencia de los medios de comunicación en la política, corresponde abordar la influencia de los medios de comunicación de masas como mecanismo de control en funcionarios públicos. Se hace mención al clásico tema de la teoría democrática de control o accountability horizontal con todo su mapa de controles institucionales y el espacio cubierto por la denominada accountability vertical que permite la participación y control por parte de la sociedad civil. En este capítulo, se hace referencia a la “política del escándalo” y se plantea el caso IFDC-EF como experiencia de control mediático. En cuarto lugar, se ofrecen las consideraciones finales con un sentido de anticipación para eventuales casos de estudio en la época a la que se circunscribe el trabajo, pero también en la actualidad, si tenemos presente la incorporación de las nuevas tecnologías como herramientas adecuadas para los ciudadanos, como portadores de derechos civiles, y dispuestos a poner en visibilidad la transgresión o delito de los funcionarios políticos. Finalmente, este trabajo es realizado con el interés de contribuir a los estudios relativos de accountability social, ante la debilidad o inexistencia de los mecanismos de control horizontal en la región que imperaron hacia 1990. Se trata no sólo de ahondar sobre el tema, sino de aportar evidencia del mecanismo de control social en la región y, particularmente, en la capital de los rionegrinos como sede de asentamiento de la administración pública. Estudio que, como se sostiene más arriba, no tiene antecedentes ni en Viedma ni en la provincia. Todo esto bajo el convencimiento que el poder no debe ser simplemente delegado, también debe ser vigilado y controlado.
URI: https://rid.unrn.edu.ar/jspui/handle/20.500.12049/3143
Aparece en las colecciones: Licenciatura en Comunicación Social

Archivos en este ítem:
Archivo Descripción Tamaño Formato  
Andersen-2017.pdf14,79 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir

Este documento es resultado del financiamiento otorgado por el Estado Nacional, por lo tanto queda sujeto al cumplimiento de la Ley N° 26.899