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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/8802

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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorGelosi, Gustavo-
dc.contributor.authorSegurola, Marco César-
dc.date.accessioned2022-05-26T15:35:07Z-
dc.date.available2022-05-26T15:35:07Z-
dc.date.issued2022-
dc.identifier.citationSegurola, Marco César (2022). La ejecución del pagaré de consumo en la perspectiva doctrinaria y jurisprudencial argentina. Trabajo final de grado. Universidad Nacional de Río Negro.es_ES
dc.identifier.urihttp://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/8802-
dc.description.abstract-es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/-
dc.titleLa ejecución del pagaré de consumo en la perspectiva doctrinaria y jurisprudencial argentinaes_ES
dc.typeTrabajo finales_ES
dc.rights.licenseCreative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0)-
dc.description.filiationUniversidad Nacional de Río Negroes_ES
dc.subject.keywordPagarées_ES
dc.subject.keywordJurisprudenciaes_ES
dc.subject.keywordDoctrinaes_ES
dc.subject.keywordJuicioes_ES
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/acceptedVersiones_ES
dc.subject.materiaDerechoes_ES
dc.origin.lugarDesarrolloUniversidad Nacional de Río Negroes_ES
dc.description.resumenA lo largo de esta tesis se exponen diferentes cuestiones que tienen que ver con el profundo proceso de constitucionalización del derecho privado y la manera en que el sistema jurídico protectorio debe mantenerse a la vanguardia toda vez que se trate de grupos tradicionalmente postergados y particularmente vulnerables. Se revela que en la ejecución “pagarés de consumo”, los consumidores de servicios financieros entran en la categoría de “hipervulnerables” y por lo tanto, debe imperar un criterio hermenéutico que permita “equilibrar la balanza” y arribar a decisiones judiciales fundadas en criterios razonables y justos. Se evidencian criterios que resultan antagónicos entre quienes respetan los caracteres de los pagarés y la prohibición de indagar en la causa de la obligación (Dec. ley 5965/63); y quienes identifican a la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor como de orden público y a partir de una interpretación pro-consumidor presumen la relación de consumo. Para poder describir la situación planteada, e intentar determinar si el “pagaré de consumo” necesita una regulación específica, fueron utilizadas -como muestra- las sentencias dictadas en siete provincias argentinas (Salta, Santa Fe, Córdoba, Tucumán, Buenos Aires, Mendoza y Río Negro) y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).es_ES
dc.type.subtypeTrabajo final de gradoes_ES
Aparece en las colecciones: Abogacía

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