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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/9171

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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorFredes, Paula-
dc.contributor.authorMariani Pavlin, Nuria-
dc.date.accessioned2022-10-11T15:05:25Z-
dc.date.available2022-10-11T15:05:25Z-
dc.date.issued2022-
dc.identifier.citationMariani Pavlin, Nuria (2022). Triple filiación en el derecho argentino: la socioafectividad creadora de vínculos jurídicos. Trabajo final de grado. Universidad Nacional de Río Negro.es_ES
dc.identifier.urihttp://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/9171-
dc.description.abstract-es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/-
dc.titleTriple filiación en el derecho argentino: la socioafectividad creadora de vínculos jurídicoses_ES
dc.typeTrabajo finales_ES
dc.rights.licenseCreative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0)-
dc.description.filiationUniversidad Nacional de Río Negroes_ES
dc.subject.keywordFiliaciónes_ES
dc.subject.keywordTriple filiaciónes_ES
dc.subject.keywordPluriparentalidades_ES
dc.subject.keywordSocioafectividades_ES
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/acceptedVersiones_ES
dc.subject.materiaDerechoes_ES
dc.origin.lugarDesarrolloUniversidad Nacional de Río Negroes_ES
dc.description.resumenLa pluriparentalidad se encuentra hoy en el centro de los debates más novedosos dentro del Derecho de Familia. Aún con la sanción del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, donde se produjeron valiosas modificaciones para el Derecho de Familia, dentro del instituto de la filiación se optó, no solo por conservar, sino que reforzar el principio binario filial al sostener en forma expresa en el último párrafo del Art. 558 que, “Ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales, cualquiera sea la naturaleza de la filiación”. El presente Trabajo Final tiene como finalidad profundizar sobre estas nuevas formas de organización familiar, analizando cómo se relaciona el instituto de la pluriparentalidad con las tres causas fuentes filiatorias ya establecidas y previstas en nuestra legislación (filiación por naturaleza, por adopción y técnicas de reproducción humana asistida) y de qué manera convive en el plano jurídico con la binaridad filial impuesta legislativamente. Se plantea como propósito de este Trabajo Final abordar el rol que ocupa la socioafectividad en los vínculos familiares, centrando la mirada especialmente en los lazos de afecto creados entre aquellos progenitores socioafectivos y el niño, niña o adolescente del cual se pretende el reconocimiento y la inscripción filial. Asimismo desarrollará como atraviesan los casos de triple filiación la voluntad parental de aquella persona que tiene el deseo de ser madre o padre, el derecho a la identidad y el interés superior del niño.es_ES
dc.type.subtypeTrabajo final de gradoes_ES
Aparece en las colecciones: Abogacía

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