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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/1398

Título: La Ley Orgánica de Educación de Río Negro: una mirada a través de los instrumentos de derechos humanos
Autor(es): Risoli, María M.
Director: Bruno, Romina
Fecha de publicación: 16-dic-2016
Citación: Risoli, María M. (2016). La Ley Orgánica de Educación de Río Negro: una mirada a través de los instrumentos de derechos humanos. (Tesis de grado). Universidad Nacional de Río Negro.
Resumen: El presente trabajo tuvo como objetivo analizar la Ley N° 4819 denominada Ley Orgánica de Educación de la Provincia de Río Negro vista a través de las disposiciones de los instrumentos Internacionales de derechos humanos relevantes en materia de derecho a la educación, en la legislación nacional y en la constitución provincial. La idea central era Identificar en la normativa mencionada los elementos característicos del derecho a la educación y los objetivos que la educación debe perseguir, resaltando como uno de ellos a la educación para la ciudadanía, y luego Identificar si dichos elementos y objetivos estaban presentes en la ley provincial. El Interés por esta temática surgió en virtud del debate que actualmente está vigente en nuestra provincia con relación a la reforma educativa que pretende llevar adelante el gobierno de turno y a la resistencia que han efectuado distintos gremios docentes y sectores sociales. Si bien la reforma que se plantea no requiere modificaciones a la ley, me resultó llamativo que un gobierno que planteó un amplio debate al momento de efectuar la reforma legislativa, hoy se encuentre en una posición por demás alejada del diálogo. Asimismo adquiere fundamental Importancia en el marco del desarrollo y evolución de la sociedad en la que vivimos el tratamiento que el Estado le otorga a la educación para la ciudadanía, dado que es a partir de ella que los estudiantes pueden ejercer una ciudadanía plena y consciente, lo cual redunda en un mejor control sobre los actos de gobierno, por lo que tomar conciencia sobre el papel que se le da a esta temática en la legislación es relevante para entender qué tipo de ciudadanos quiere formar el Estado. Por otro lado, el derecho a la educación es un derecho humano fundamental y una herramienta elemental para la emancipación del hombre y el fortalecimiento de la democracia. En el campo del derecho es relevante el análisis desde la perspectiva de derechos humanos y desde la perspectiva de las políticas que desarrolla el Estado. En relación con el derecho a la educación no se han realizado trabajos de este tipo, mucho menos que contemplen una norma de la provincia de la cual soy residente. El Interrogante que me condujo a la realización de la presente Investigación fue la curiosidad de establecer si la Ley Orgánica de Educación se encuentra en armonía con las obligaciones que el Estado ha asumido en el marco del sistema Internacional de derechos humanos, o si por el contrario, no lo esta. Claramente complementaria el análisis de esta temática el estudio acerca de las medidas concretas que lleva adelante el Estado para aplicar la mencionada legislación. Sin embargo, por cuestiones metodológicas y temporales, solo me concentré en analizar la situación en el plano de las normas. Ello sin perjuicio de que aspiro a realizar, en el futuro, otro trabajo de Investigación que complete la presente y se enfoque en las acciones que el Estado efectivamente pone en marcha para hacer efectivo, en los hechos, el ejercicio del derecho a la educación. Como objetivo general me propuse analizar si el Estado de Río Negro, en su calidad de garante del derecho a la educación, ha incorporado en el ámbito educativo provincial a la educación para la ciudadanía en forma armoniosa con lo establecido en los Instrumentos y tratados internacionales de derechos humanos. Para ello desarrollé un esquema de objetivos específicos agrupando las unidades de información siguiendo como criterio su jerarquía normativa y realicé una interpretación de cada una que me permitiera identificar, por un lado, los elementos característicos del derecho a la educación y, por otra parte, si la formación ciudadana constituía uno de los objetivos que la educación debe perseguir.
URI: http://hdl.handle.net/20.500.12049/1398
Aparece en las colecciones: Abogacía

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