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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/1399

Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorFredes, Paula-
dc.contributor.authorVega, Micaela E.-
dc.date.accessioned2018-10-02T17:17:41Z-
dc.date.available2018-10-02T17:17:41Z-
dc.date.issued2018-
dc.identifier.citationVega, Micaela E. (2018). Incorporación del principio de autonomía progresiva en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina: una deuda saldada. (Tesis de grado) Universidad Nacional de Río Negro.es_ES
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12049/1399-
dc.language.isoeses_ES
dc.titleIncorporación del principio de autonomía progresiva en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina: una deuda saldadaes_ES
dc.typeTrabajo finales_ES
dc.rights.licensehttps://creativecommons.org/licenses/by/2.5/ar/es_ES
dc.subject.keywordAutonomía progresivaes_ES
dc.subject.keywordMenores de edades_ES
dc.subject.keywordNuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentinaes_ES
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/draftes_ES
dc.subject.materiaHumanidadeses_ES
dc.description.resumenLa entrada en vigencia del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina el 1 de Agosto del 2015, trajo consigo varios cambios relevantes, entre ellos la incorporación del principio de AUTONOMÍA PROGRESIVA de las personas menores de edad. Entendido el mismo como aquel que le garantiza a los niños, niñas y adolescentes, el ejercicio personal de sus derechos de acuerdo a la evolución de sus facultades, de modo que sean ellos quienes decidan y elijan cómo y cuándo pretenden hacerlo, conforme con su proyecto personal de vida, sus deseos e intereses, siempre y cuando esa elección se posible y no resulte perjudicial a su interés superior. Es por ello que consideré importante e interesante abordar cómo fue receptado en el actual Código Civil y Comercial. Representa un tema absolutamente actual y por consiguiente original, siendo necesario su análisis por la implicancia notoria que este principio reviste en la vida de las personas y en las relaciones familiares. Su incorporación era una deuda a saldar en clave a la Convención Internacional de los Derechos del Niño, la ley nacional N° 26.061 y su correlativa en el ámbito provincial (ley N° 4109).es_ES
dc.type.subtypeTrabajo final de gradoes_ES
Aparece en las colecciones: Abogacía

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