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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/2183

Título: El impulso de oficio de la acción penal en el delito de lesiones leves agravadas por violencia contra las mujeres en el marco de la Ley Nº 3040
Autor(es): Lambrecht, María P.
Director: Heim, Daniela
Fecha de publicación: 2018
Citación: Lambrecht, M. P. (2018). El impulso de oficio de la acción penal en el delito de lesiones leves agravadas por violencia contra las mujeres en el marco de la Ley Nº 3040.Trabajo final de grado. Universidad Nacional de Río Negro.
Resumen: La problemática social vinculada con la violencia de género ha sido un tema ampliamente abordado desde las teorías críticas del derecho. Fue el feminismo radical de los años setenta del siglo pasado, el que enarboló la lucha por la reivindicación de los derechos de las mujeres y bajo el eslogan “lo personal es político" determinó el alcance de la violencia que las mujeres podrían sufrir en todos los ámbitos, especialmente en los privados, relevando situaciones de sometimiento a tratos inhumanos y cómo las mujeres todas hemos sido víctimas de la estructuración social y de las jerarquías patriarcales. Basta con consultar literatura antigua para visualizar que el rol social que las mujeres hemos ocupado a lo largo de la historia estuvo marcado por relaciones de subordinación y sumisión frente al hombre, enajenadas de nuestra condición de seres humanos y catalogadas como objetos, no como sujetas de derecho. Desde mediados de los citados años setenta, la lucha contra los tratos discriminatorios y violentos contra las mujeres, se comenzó a plantear en términos de derechos humanos. Se intentó deslegitimar el poder machista mediante la visualización política de la opresión patriarcal, asignándole entidad de problemática social. Así fue como en el mundo se emprendió el largo camino de legislar en pos de erradicar la violencia de género, tomando como punto de partida la existencia de la desigualdad de poder entre hombres y mujeres que se manifiesta de forma transversal en el plano político, económico y social. Una de las discusiones que se ha planteado y que aún hoy está vigente dentro de la teoría legal feminista, es la utilización del derecho penal como instrumento para disuadir y visibilizar la sistemática violación de derechos humanos en razón del género. Esto ha aumentado desde que nuestro país adhirió al paradigma de abordaje punitivista de la violencia de género con la sanción de la Ley N° 26791, de 2012, que incorpora las agravantes de género en los homicidios calificados y, entre otras, con la decisión adoptada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Góngora”, de 2013, a partir del cual se restringió la posibilidad de suspender el juicio a prueba en casos de violencia de género. Cierta parte de la doctrina ha catalogado el avance del derecho penal en cuestiones de género como “neopunitivismo", considerándolo un retroceso luego del avance de las teorías garantistas del derecho penal. Lo paradójico del planteo es que tanto el feminismo, como otros movimientos de derechos humanos, han sido críticos con el derecho penal y han impulsado una nueva concepción del derecho, en general y del acceso a la justicia penal, en particular, en términos de justicia material. Sin perjuicio de las críticas, algunos sectores del feminismo, como lo han hecho otros movimientos de derechos humanos, han mantenido al derecho penal como estrategia de protección de las víctimas, frente a la imposibilidad de protegerlas por otros medios.
URI: http://hdl.handle.net/20.500.12049/2183
Aparece en las colecciones: Abogacía

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