Skip navigation
Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/9873

Título: Educar en la exclusión. Sobre la prohibición del lenguaje inclusivo en las escuelas de CABA
Autor(es): Mauricio, Anahí Daniela
Fecha de publicación: oct-2022
Revista: VII Jornadas de Investigación de Estudiantes de Antropología. V Jornadas de Investigación de Estudiantes en Ciencias sociales y Humanidades
Resumen: El 9 de junio de 2022, el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires aprobó una resolución que, entre otras medidas, regula el uso de la e, la x y el @, como marcas de inclusión, por parte de docentes en escuelas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tanto para desarrollar las actividades en el aula como para realizar comunicaciones institucionales. En declaraciones públicas posteriores a la publicación de este documento reproducidas por el sitio web de Infobae, la ministra de educación porteña, signataria de la mencionada resolución, manifestó que uno de los motivos principales para la toma de esta medida fue el resultado de dos evaluaciones -FEPBA y TESBA- que revelaron un retraso de casi 4 años en la comprensión de textos. Por otra parte, aseguró que, si bien no existen evidencias por ser un fenómeno muy nuevo, un grupo de especialistas consideró que este fenómeno va en contra del lenguaje y afirmó que el lenguaje inclusivo se observa cada vez más en entornos educativos que se consideran “ambientes alfabetizadores que, en lugar de reforzar la adquisición del lenguaje, generan confusión”. A partir de extractos sacados de la resolución y de los comentarios posteriores realizados por la ministra, surgen algunas cuestiones que intentaré analizar a lo largo de este escrito: ¿se puede hablar de factores que perjudican la adquisición del lenguaje en instancias ya institucionales de inserción en la sociedad? ¿Qué ocurre con el lenguaje como representación, reforzamiento de la realidad en que vivimos y organizador de experiencias cuando se imponen formas de uso? Si manifestarse usando el lenguaje inclusivo constituye la visibilización de una ideología, ¿sería lícito pensar que su prohibición es espejo de otra, la de la heterosexualidad obligatoria, en este caso? ¿Puede una resolución ministerial vulnerar el derecho de cada persona a ser tratada de acuerdo con su identidad de género? ¿Qué nos dice sobre el punitivismo el hecho de que se apliquen sanciones a usos determinados del lenguaje?
URI: http://rid.unrn.edu.ar/handle/20.500.12049/9873
Aparece en las colecciones: Objetos de conferencia

Archivos en este ítem:
Archivo Descripción Tamaño Formato  
Ponencia_Mauricio.pdf793,33 kBAdobe PDFVisualizar/Abrir

Este documento es resultado del financiamiento otorgado por el Estado Nacional, por lo tanto queda sujeto al cumplimiento de la Ley N° 26.899


Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons